Esta semana el Gobierno siguió ocupándose de los ladrillos. El objetivo, reactivar el sector de la construcción. Entre las medidas enviará en los próximos días al Congreso un proyecto de promoción de inversiones inmobiliarias. El anuncio propone un conjunto de beneficios impositivos para que los desarrolladores se animen a arrancar los proyectos destinados a los sectores medios. Exenciones en el impuesto a las ganancias, el IVA y el impuesto al cheque conforman el núcleo central de la propuesta, que el gobierno nacional pretende aprobar en el Congreso luego de las elecciones de octubre. El proyecto es una iniciativa de la Secretaría de Vivienda y prevé la creación de un régimen «transitorio» para la promoción de las inversiones en nuevos proyectos inmobiliarios. En primer lugar, otorga beneficios en el impuesto a las ganancias, permitiendo actualizar, hasta la fecha del último ejercicio cerrado con anterioridad a la realización de la inversión, «las existencias de inmuebles, obras en construcción y mejoras, cualquiera fuere su naturaleza», situados en el país. También determina un beneficio en el impuesto al valor agregado (IVA), «permitiendo acceder a la devolución de los créditos fiscales originados por adquisiciones de bienes y servicios, locaciones de bienes, ejecuciones de obra e importaciones definitivas de bienes, excepto automóviles». Fija la posibilidad de computarse el impuesto sobre los créditos y débitos, denominado «impuesto al cheque», a las operaciones vinculadas a nuevos proyectos inmobiliarios, en un cien por ciento y también como pago a cuenta de Ganancias.

En otro párrafo, el proyecto también autoriza a los eventuales inversores a utilizar la opción de diferir el pago de Ganancias en la medida en que el importe se reinvierta en la suscripción o adquisición de certificados de participación o cuotapartes de condominio, fideicomisos o fondos comunes de inversión que tengan por objetivo el desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios.

Otra de las noticias de la semana fue el anuncio de que se enviará un nuevo proyecto de ley de alquileres que propone que los contratos menores a $26.000 se ajusten según la evolución de los precios y los salarios. En concreto, el proyecto establece que el aumento de los montos para aquellos contratos inferiores a 650 UVAs -equivalentes hoy a $26.650- deberá regirse según por un índice conformado por el índice de precios al consumidor (IPC) del Indec y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte), los dos elementos que se toman en cuenta para el ajuste de las jubilaciones y otros programas sociales de la Anses. Según define el nuevo proyecto de ley, el indicador para el ajuste de alquileres deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).

El Gobierno ya había querido instalar este proyecto en dos ocasiones a fines del año pasado y a principios de este, pero en ambas instancias se encontró con la resistencia de los inmobiliarios, que rechazaron, entre otros puntos, el techo a las comisiones. A su vez, advertían sobre la falta de incentivos para los propietarios: según su visión, las regulaciones para los alquileres favorecen solo a los inquilinos, en un contexto de caída en la rentabilidad. Según plantean, el retorno por colocar un departamento en alquiler se ubica hoy en mínimos históricos y ronda el 2,5% anual.

Sin embargo, ahora el proyecto cuenta con más precisiones que en anteriores oportunidades, ya que le pone un número al umbral de los alquileres que de alguna forma serían regulados por el Estado. Este es un tema que despierta polémica en el sector.

En cuanto al plazo de los contratos, en tanto, el Gobierno recortó el planteo inicial de una duración de tres años y en la iniciativa habla de dos, aunque establecen que «llegado el día de vencimiento del contrato, la locación se prorrogará obligatoriamente por un año, salvo notificación fehaciente del locador o el locatario manifestando su intención de no renovarlo».La parte de las comisiones se mantiene y todos los gastos corren por parte del propietario .

Por otro lado, establecen que los contratos deberán ser declarados por ante la AFIP, dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga y dicen que el locatario deberá ofrecer al menos dos opciones de garantía entre la siguientes (garantía real, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal del locatario) y el locador deberá aceptar una.

Por último, en caso de que el inquilino no pague, el propietario podrá enviarle una notificación y, cumplido el plazo, está habilitada la acción judicial de desalojo. El plazo de ejecución de sentencia de desalojo no puede ser menor a 10 días ni mayor a 90 días. Consultado por la nacion, el fundador de Reporte Inmobiliario, José Rozados, dijo que este proyecto era el que proponían las asociaciones de inquilinos y la única objeción que le hizo es que el índice salarial tiene mucho retraso. «Por ejemplo, ahora el último publicado es el de junio y sería ya necesario para aplicar teóricamente a un contrato que tenga que renovarse a partir de octubre», explicó y agregó que «el tema seguramente será tratado por el próximo gobierno «con el riesgo de que el proyecto que sea aún más regulador y con más restricciones impuestas al propietario».

Por: María Julieta Rumi

Fuente: Diario La Nación

https://www.lanacion.com.ar/propiedades/buscan-reactivar-al-sector-menos-impuestos-cambios-nid2292767